El Consejo de Estado suspendió el Decreto 572 de 2025. Esto es lo que cambia para tu empresa desde el 8 de mayo.
Mediante Auto Interlocutorio del 7 de mayo de 2026, la Sección Cuarta suspendió provisionalmente los artículos 2 a 8 del Decreto 572 de 2025 — el mismo que desde junio del año pasado venía subiendo tarifas y bajando bases mínimas de retención y autorretención en la fuente.
El argumento del alto tribunal fue contundente: el decreto carecía de motivación técnica suficiente y, en la práctica, convertía las retenciones en un instrumento de financiación del Estado.
Si pagas servicios, compras agro, café, oro, vivienda o haces pagos eclesiásticos, esto te toca.
Si haces autorretención especial en renta, estas son las tarifas que aplican desde hoy según tu actividad económica:
La retención del 4% sobre rendimientos financieros de CDAT sigue plenamente vigente. El Consejo consideró que esa medida sí estaba bien motivada.
Te ayudamos a actualizar la parametrización y revisar saldos a favor antes del cierre.
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